Se entiende como evaluación por compensación (AC) el mecanismo por el que se evalúa en su conjunto la trayectoria académica y la labor realizada por el estudiantado al final de sus estudios para determinar si consiguió los conocimientos y competencias suficientes para obtener la titulación académica a la que opta, compensando materias que no tenga superadas o los créditos sin cursar.
Requisitos para admitir a trámite las solicitudes
Podrá solicitarse la evaluación por compensación cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que cuando menos el 50% de los créditos de la titulación hayan sido cursados en la Universidad de Vigo.
- Que resten para graduarse un máximo de dos materias que no superen ambas los 12 créditos, excepto el TFG.
- Que el/la estudiante haya agotado en la(s) materia(s) en la(s) que solicita la AC cuando menos cuatro oportunidades de evaluación en los tres últimos cursos, y haberse presentado en alguna de las oportunidades disponibles en el curso académico en que se solicite (excepto que ya no tenga la posibilidad de presentarse por estar matriculado/a en un plan de estudios en proceso de extinción).
- Que la cualificación obtenida no fuera inferior a 2 o no evaluado en ninguna de las cuatro oportunidades.
Limitaciones en la resolución de la evaluación por compensación
- No será objeto de compensación el trabajo de fin de grado, las prácticas y el prácticum, ni materias del curso de adaptación al grado (curso puente).
- El número máximo de créditos que se podrá conceder por evaluación por compensación en la vida académica del alumnado será de 12.
- No se le podrá conceder la AC a una/un estudiante que no esté matriculado en la(s) materia(s) a compensar en el momento de solicitar la AC, excepto que la(s) materia(s) esté(n)
totalmente extinguida(s). - Las materias compensadas no podrán ser objeto de reconocimiento en otras titulaciones de la Universidad de Vigo, ni entre grados que formen parte de programas académicos de simultaneidad de dobles titulaciones con itinerario específico (PCEO). En este caso solamente se podrá solicitar la AC en materias de una titulación que no tengan reconocimiento en la otra
titulación que forma parte del plan conjunto. - No se le podrá conceder la evaluación por compensación a un/una estudiante al/a la que le conste alguna sanción grave en su expediente académico.
Criterios de resolución de la evaluación por compensación
Se concederá de modo automático el apto por compensación de la(s) materia(s) solicitada(s) tras la constatación del cumplimiento de todos los requisitos y de las limitaciones previas, y siempre que el/la estudiante se encuentre en por lo menos uno de los siguientes supuestos:
- Que obtuviera por lo menos una vez una cualificación igual o superior a 4 o una media superior a 3,5 entre las dos mejores cualificaciones en la(s) materia(s) a compensar.
- Que el promedio de su expediente sea igual o superior a la nota media de su titulación en la última promoción con pleno derecho a docencia.
En caso de que el/la solicitante no se encuentre en ninguno de estos supuestos pero reúna todos y cada uno de los requisitos necesarios, la solicitud será admitida a trámite para que la valore la comisión de compensación.
La solicitud de evaluación por compensación irá dirigida, por medio de una instancia de la/el estudiante, a la dirección del centro. Esta podrá realizarse en cada periodo de evaluación desde la fecha de apertura de actas hasta quince días hábiles después del cierre de entrega de las mismas.
- Reglamento sobre la evaluación, la cualificación y la calidad de la docencia y del proceso de aprendizaje del estudiantado
- Solicitud en la sede electrónica
- Comisiones de evaluación por compensación
