Se entiende como evaluación por compensación el mecanismo por lo que se evalúa en su conjunto a trayectoria académica y la labor realizada por el estudiantado al final de sus estudios para determinar se consiguió los conocimientos y competencias suficientes para obtener la titulación académica a la que opta, compensando materias que no tenga superadas o los créditos sin cursar.
Requisitos para admitir a trámite las solicitudes
Podrá solicitarse la evaluación por compensación cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que cuando menos el 50% de los créditos de la titulación habían sido cursados en la Universidad de Vigo.
- Que resten para escalonarse un máximo de dos materias que no superen ambas los 12 créditos, excepto el TFG.
- Que el/la estudiante había agotado en la(s) materia(s) en la(s) que solicita la evaluación por compensación cuando menos tres oportunidades de evaluación y que la calificación obtenida no había sido inferior a 1 o no evaluado en ninguna de las tres oportunidades.
Limitaciones en la resolución da evaluación por compensación
- No será objeto de compensación el trabajo de fin de grado, las prácticas y el prácticum, ni materias del curso de adaptación al grado (curso puente).
- El número máximo de créditos que se podrá conceder por evaluación por compensación en la vida académica del alumnado será de 12.
- No se le podrá conceder la evaluación por compensación a una/un estudiante que no esté matriculado en la(s) materia(s) a compensar en el momento de solicitar la evaluación por compensación.
- Las materias compensadas no podrán ser objeto de reconocimiento en otras titulaciones de la Universidad de Vigo.
- No se le podrá conceder la evaluación por compensación a un/una estudiante al/a la que le conste alguna sanción grave en su expediente académico.
Criterios de resolución da evaluación por compensación
Se concederá el apto por compensación de la(s) materia(s) solicitada(s) tras la constatación del cumplimiento de todos los requisitos y de las limitaciones previas, y siempre que lo/la estudiante se encuentre en por lo menos uno de los siguientes supuestos:
- Que obtuviera por lo menos una vez una calificación igual o superior a 3’5 en la(s) materia(s) a compensar.
- Que el promedio de su expediente sea igual o superior a la nota media de su titulación en la última promoción con pleno derecho la docencia.
En caso de que lo/la solicitante no se encuentre en ninguno de estos supuestos o curse una titulación que dé acceso la una profesión regulada pero reúna todos y cada uno de los requisitos necesarios, la solicitud será admitida a trámite para que la valore la comisión de compensación.
La solicitud de evaluación por compensación irá dirigida, por medio de una instancia de la/ el estudiante, a la dirección del centro de adscripción de la materia. Esta podrá realizarse en cada periodo de evaluación desde la data de apertura de actas hasta quince días hábiles después del cierre de entrega de las mismas.
- Resolución decanal para los plazos de la resolución de los procedimientos de la evaluación por compensación
- Procedimiento transitorio para la evaluación por compensación en estudios de Grado
- Solicitud de evaluación por compensación en estudios de Grado
- Nota media de las titulaciones
- Comisiones de evaluación por compensación