Según el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Así mismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

La transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de grado deberán respetar las siguientes reglas básicas:

  • Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento un número de créditos que sea por lo menos el 15 por ciento del total de los créditos del título, correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
  • Siempre que la titulación de destino a la que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
  • También serán objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder.
  • El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimiento asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

Por otra parte, el alumnado podrá obtener el reconocimiento de hasta 6 ECTS por su participación en actividades culturales universitarias, deportivas, de representación estudiantil, solidarias o de cooperación. Esta cantidad se sustraerá del total de créditos de materias optativas a cursar. La normativa y formularios para este tipo de reconocimiento está disponible en la página web de la Vicerrectoría de Extensión Universitaria.

Reconocimientos automáticos


Al alumnado procedente del Grado en Educación Primaria de la Universidade de Vigo se le reconocerán las siguientes asignaturas:

Reconocimiento del Grado en Educación Primaria al Grado en Educación Infantil

Al alumnado que cursará el Ciclo formativo de grado superior en Educación Infantil se le reconocerán las siguientes asignaturas:

Al alumnado procedente de las titulaciones extinguidas impartidas en la facultad se le aplicarán los siguientes reconocimientos:

Reconocimiento de titulaciones extinguidas al Grado en Educación Infantil